La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la controversia constitucional que promovió el gobernador del Estado de México, Alfredo Del Mazo, contra los resultados del Censo de población 2020, donde disminuyeron la población de la entidad en más de un millón de habitantes.
Debido a esto, la entidad mexiquense recibirá menos recursos porque uno de los factores para calcular las participaciones federales es el número de habitantes por entidad federativa.
El año pasado el Gobierno del Estado de México promovió una controversia contra la decisión de la Secretaría de Hacienda de utilizar el Censo 2020 del INEGI para calcular la entrega de participaciones federales, pues en él le cuentan un millón de habitantes menos y sus participaciones le disminuyeron en más de 4 mil 300 millones de pesos
Con los datos tomados por Hacienda la entidad tendría más de 17 millones de habitantes para la estimación de las participaciones, prácticamente un millón menos de los más de 18 millones que se venían contemplando para calcular cuánto le correspondería al territorio mexiquense del Fondo General de Participaciones.
El Estado de México impugnó la elaboración, aprobación, publicación, resultados y omisiones en que incurrieron el Censo y el Marco de Muestreo de Viviendas, en lo relacionado al conteo poblacional para la entidad mexiquense.
En sesión, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia determinó no admitir la controversia impulsada por las autoridades mexiquenses.
La Máxima Tribuna del país justificó que el recurso promovido por el mandatario mexiquense representa más bien transgresiones a legislaciones diversas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, «por lo que no existe planteamiento alguno que revele una afectación a las competencias constitucionales a su favor o el de los derechos humanos».
Indicó que esta resolución también se fundamenta con el criterio que ha aplicado en otras ocasiones la Suprema Corte, relacionado con que son improcedentes las controversias en las que se alegan cuestiones de legalidad, en tiempo, plazo y montos en que se distribuyen los recursos federales a estados y municipios, puesto que la regulación depende de la normativa que exista en materia de coordinación fiscal entre los tres niveles de gobierno.